La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar tres conferencias mañaneras del presidente de Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
La medida “por constituir una intromisión a los procesos electorales”, de acuerdo con la Comisión del INE.
Específicamente, la Comisión pidió el retiro de las conferencias mañaneras de AMLO correspondientes a los días 5, 6 y 7 de mayo de 2021.
La difusión de estas conferencias mañaneras deberán ser suspendidas de los sitios digitales oficiales del gobierno de México.
Así como se realizó la solicitud al dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, para que retire una publicación en Twitter donde refiere a lo mencionado por AMLO sobre las elecciones en Nuevo León.
Lo anterior, de acuerdo con el INE, para no generar una afectación al actual proceso electoral durante el periodo de veda y reflexión de la ciudadanía.
Fue Movimiento Ciudadano (MC) quien presentó una queja en contra del presidente AMLO por hacer referencia a su candidato a la gubernatura de Nuevo León, Samuel García, en la conferencia mañanera del 6 de mayo.
Claudia Zavala, Adriana Favela y Ciro Murayama, integrantes de la Comisión del INE, señalaron que por congruencia con decisiones previas, se debían emitir las medidas cautelares.
Para el retiro de dichas mañaneras se consideró que el presidente AMLO hizo referencia a candidatos, con nombre y apellido.
TEPJF ordena a Segob vigilar que AMLO no viole veda electoral
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Secretaría de Gobernación vigilar que AMLO no viole la veda electoral.
La decisión del TEPJF se da luego de que el INE pidiera al presidente AMLO no pronunciarse sobre las elecciones en sus conferencias mañaneras.
El INE detectó que en 29 de las 36 conferencias mañaneras realizadas durante el actual proceso electoral AMLO infringió la ley electoral.
El TEPJF avaló la determinación del INE y procedió a vincularla ala Secretaría de Gobernación.
Con esto, el TEPJF llama a AMLO a que “se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de difundir propaganda gubernamental y/o de referirse a temas electorales, o a cualquier otra información que pudiera influir en las preferencias electorales de la ciudadanía”.
“En caso de incumplimiento de las medidas cautelares, la Comisión de Quejas podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas”, señala el proyecto.
“Lo antes señalado será obligatorio para todas las autoridades y concesionarias públicas y privadas de radio y televisión, especialmente durante la fase de veda electoral del proceso electoral concurrente 2020- 2021, la cual transcurrirá de las 00:00 horas del jueves 3 de junio y hasta el término de las 23:59 horas del domingo 6 de junio, día en que se celebrará la jornada electoral”.
TEPJF