Con 291 votos a favor de Morena, PT, PES y Verde y 142 en contra del PAN, PRI, PRD y MC; así como una abstención, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la Miscelánea Fiscal que incluye el llamado Big Brother Fiscal.
Este dictamen presentó 157 reservas o propuestas de modificación y se prevé que durante la noche sean desahogadas.
Este dictamen, a pesar de las voces en contra de la oposición, mantiene la posibilidad de que las autoridades fiscales puedan utilizar herramientas tecnológicas para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirvan como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal del contribuyente, mejor conocido como el Big Brother Fiscal.
El artículo 45 del Código Fiscal de la Federación fue modificado en distintas ocasiones y en la última redacción establece que las autoridades fiscales en sus visitas, sus herramientas tecnológicas deberá
RETENCIÓN INGRESOS POR INTERNET
El cambio en el dictamen es que para Uber, Didi y plataformas de hospedaje, la retención del impuesto sobre la renta (ISR) pasa de una tabla de tarifas de acuerdo a los ingresos percibidos por el chofer, repartidor y emprendedor asociado a una tasa única.
Para transporte y entrega de bienes la ley vigente prevé una tasa del 2% al 8% para ingresos de 5 mil 500 pesos a más de 21 mil pesos mensuales. La Comisión de Hacienda de los diputados propone que sea una sola de 2.8%.
Para hospedaje pasa de una tabla con diferentes tarifas desde el 2% a 10% para ingresos mensuales de 5 mil pesos hasta más 35 mil pesos a una propuesta que sea una sola de 5%.
BLOQUEO PLATAFORMAS
Para las empresas de la economía digital extranjeras sin establecimiento en territorio mexicano que no cumplan con sus obligaciones fiscales, el bloque temporal que se incluye en la iniciativa del Ejecutivo se acepta sólo para los casos en que incurra en tres meses consecutivos de incumplimiento.
Durante la sesión de análisis de la minuta, la presidenta de la Comisión de Hacienda, Patricia Terrazas, comentó que hay tres empresas que ya se ampararon, de ahí la importancia de las modificaciones propuestas.
n contar con las medidas de seguridad necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida; por lo que el Servicio de Administración Tributaria deberá emitir reglas de carácter general para regular estos supuestos.
ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO
En materia de aseguramiento precautorio a terceros por bienes relacionados, en la modificación se precisa en qué momento tienen responsabilidad los terceros relacionados para ser embargados de manera precautoria.
ACUERDOS CONCLUSIVOS
Sobre los acuerdos conclusivos, la reforma art 69-C en el CFF se pretendía que en la facultad de actos al ciudadano, se le restringía un derecho de hasta por 15 días, que se extenderá según la modificación hasta 20 días que coincide con el acta final cuando se hace una revisión.