Luego de que el Registro Civil de Chiapas negara a una pareja homoparental registrar a sus hijos gemelos, el 30 de septiembre, el Juez Cuarto de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez dictó la sentencia de un juicio de amparo iniciado por la abogada Ana Mendoza León, como representante legal de las dos personas del sexo femenino.
Los hechos ocurrieron en febrero del 2021, cuando a esta pareja les negaron el acta de nacimiento por no cumplir con los requisitos del artículo 57 del Código Civil del Estado de Chiapas.
“La resolución va encaminada a que para efectos de las quejosas se inaplique el Artículo 57 del Código civil, es decir, ellas cumpliendo con los requisitos deben de registrar a los hijos, bajo la doble maternidad o co-maternidad”, refirió Ana Mendoza León, representante legal.
El citado artículo refiere que “tienen la obligación de declarar el nacimiento el padre y la madre o cualquiera de ellos, dentro del primer año de ocurrido éste”, por lo que no podían hacerlo al presentarse ambas como madres.
Se solicitó la protección de la justicia federal, por la vulneración de los derechos humanos de los menores, el derecho a la identidad, el derecho a una familia y demás derechos, que, el Registro Civil violentó al negar las actas de nacimiento.
La determinación del juez obliga al Registro Civil garantizar el derecho a la identidad a las dos personas menores de edad.
(con información de aquinoticias)